Impuesto a los Sellos
Impuesto provincial/CABA que grava la instrumentación de contratos: compraventa, alquileres, hipotecas. Se paga al firmar la operación.
Datos clave
Al instrumentar el contrato
Comprador y vendedor por mitades (compraventa). En alquileres, el inquilino.
1,2% a 3,5% según jurisdicción y operación
¿Qué es?
El Impuesto a los Sellos es un tributo provincial (en PBA y otras provincias) o de CABA que grava la instrumentación de actos jurídicos: contratos, escrituras, hipotecas, alquileres.
En la práctica, se paga cuando firmás un papel formal que documenta una operación. Se calcula como un porcentaje del valor de la operación.
Cuándo aplica a inmuebles
Las operaciones inmobiliarias más comunes que generan Sellos son:
- Compraventa de inmueble (al firmar la escritura).
- Boleto de compraventa (algunas jurisdicciones).
- Hipoteca (al constituirla).
- Cesión de derechos sobre inmueble.
- Contrato de locación (alquiler) si supera ciertos plazos/montos.
- Permuta de inmuebles.
- Donación (en algunas provincias).
Alícuotas 2026
Las alícuotas varían según jurisdicción:
CABA (AGIP): - Compraventa de inmueble: 3,5% sobre el valor de la operación. - Hipoteca: 1,2%. - Locación (alquiler): 0,5% sobre el monto total del contrato.
Provincia de Buenos Aires (ARBA): - Compraventa de inmueble: 3,6% (alícuota general). - Vivienda única familiar y de ocupación permanente: alícuota reducida (suele ser 1,2% o exenta según el monto). - Hipoteca: 1,2%. - Alquiler: 0,5%.
Otras provincias tienen alícuotas similares (entre 1,5% y 4%). Verificá en el sitio oficial del organismo de tu provincia.
Quién lo paga
En operaciones inmobiliarias:
- Compraventa: 50% comprador y 50% vendedor (salvo pacto en contrario).
- Hipoteca: el deudor (quien recibe el préstamo).
- Alquiler: el inquilino (en CABA) o ambas partes (en PBA según condiciones).
- Cesión: el cedente.
Exenciones comunes
Hay exenciones específicas según jurisdicción:
- Vivienda única familiar en PBA: alícuota reducida o exención total si está por debajo de cierto valor.
- Compras con crédito hipotecario específico (algunas líneas Procrear tuvieron exención).
- Donaciones entre familiares directos (en algunas provincias).
- Operaciones con el Estado.
Las exenciones se aplican automáticamente al instrumentar la operación si cumplís los requisitos.
Cómo se paga
Generalmente lo paga el escribano al momento de la escrituración y lo carga al cliente como parte de los gastos.
Para contratos no escriturados (alquileres, etc.), se paga online en el sitio del organismo:
- CABA: agip.gob.ar → Sellos → Calcular y pagar.
- PBA: arba.gov.ar → Sellos → Liquidación y pago.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el Impuesto a los Sellos al comprar un inmueble?
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¿La compra de mi vivienda única paga Sellos en PBA?
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¿Se paga Sellos por alquilar un inmueble?
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¿El Sellos se paga por el valor de la escritura o de mercado?
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