Planes de pagos ARBA y AGIP
Compará todos los planes vigentes en 2026 para regularizar deuda del ABL CABA o del Impuesto Inmobiliario PBA. Simulá tu ahorro y elegí el que más te conviene.
¿Qué plan te conviene?
Ingresá el monto de tu deuda y te mostramos cuánto ahorrarías y cuál sería tu cuota con cada plan disponible.
Comparativa detallada
Información completa de cada plan: requisitos, ventajas, desventajas y causales de caducidad.
Plan de Regularización 2026
Vigencia: Todo 2026 (1/1/2026 al 31/12/2026)
- •Hasta 50% de quita de intereses según condiciones
- •Modalidad contado o en cuotas (hasta 24)
- •Adhesión 100% online
- •Permite débito automático con CBU
- •No incluye deudas en juicio de apremio
- •Si caducas perdés todos los beneficios
- •Excluye agentes de recaudación
Ver detalles (requisitos, exclusiones, caducidad)
- • Deuda en instancia prejudicial
- • No estar incluido en planes caducos durante 2026
- • CUIT/CUIL con CIT activo
- • Deudas reclamadas en juicio de apremio
- • Retenciones efectuadas y no ingresadas
- • Planes caducos durante 2026
- • Deudas de agentes de recaudación
- • Falta de pago al contado dentro del plazo
- • 45 días corridos con cuota impaga
- • No mantener al día las cuotas corrientes del año
Pago al Contado con Quita
Vigencia: Todo 2026
- •Mejor quita de intereses disponible (60%)
- •Sin financiación, no genera más intereses
- •Trámite rápido
- •Hay que pagar todo de una
- •Plazo corto para pagar (10 días desde adhesión)
Ver detalles (requisitos, exclusiones, caducidad)
- • Pago dentro del plazo establecido al adherir
- • CIT activo
- • Deudas en juicio de apremio
- • Deudas de agentes de recaudación
- • No pagar dentro del plazo: el plan caduca y vuelven los intereses completos
Plan de Facilidades de Pago
Vigencia: Vigente con renovaciones periódicas
- •Hasta 24 cuotas mensuales
- •Quita de intereses según cantidad de cuotas
- •Adhesión 100% online en agip.gob.ar
- •Permite débito automático
- •Quita menor que el plan de ARBA
- •No incluye deudas en juicio firme
- •Tasa de financiación variable
Ver detalles (requisitos, exclusiones, caducidad)
- • CUIT con Clave Ciudad
- • Deuda exigible (no en juicio firme)
- • Sin planes activos caducos
- • Deudas en juicio firme
- • Multas firmes
- • Deudas de retención y percepción
- • Falta de pago de 2 cuotas consecutivas
- • Falta de pago de 3 cuotas alternadas
- • No mantener al día cuotas corrientes
Régimen Especial Jubilados
Vigencia: Vigente todo el año
- •Sin interés financiero
- •Cuotas pequeñas mensuales
- •Posibilidad de exención total después del plan
- •Solo para perfil específico (jubilados con haberes mínimos)
- •Requiere documentación adicional
- •Plazo de aprobación: 30-60 días
Ver detalles (requisitos, exclusiones, caducidad)
- • Ser jubilado o pensionado
- • Único inmueble en CABA
- • Vivienda permanente
- • Haber jubilatorio dentro del tope vigente
- • Personas con haberes superiores al tope
- • Inmuebles secundarios o de inversión
- • Falta de pago de 1 cuota
- • Cambio de situación de jubilación
- • Adquirir un segundo inmueble
¿Qué tener en cuenta antes de adherirte?
Antes de elegir un plan de pagos, evaluá estos factores:
1. Tu capacidad de pago real
No te comprometas con cuotas que no vas a poder pagar. Es preferible un plan más largo con cuotas chicas que uno corto que terminás dejando caer. Si caduca, perdés todos los beneficios y volvés al monto original con intereses completos.
2. La estabilidad de tus ingresos
Si tenés ingresos variables (monotributistas, freelancers, comercios), considerá que las cuotas mensuales pueden ser difíciles en meses flojos. Los planes con débito automático son riesgosos: si no tenés saldo, la cuota rebota y se cuenta como impaga.
3. La diferencia entre quita y financiación
La quita de intereses es lo que te perdonan de la deuda acumulada hasta hoy. La financiación es el costo de pagar en cuotas (interés que cobra el organismo durante el plan). Ambas suman: un plan con 50% de quita pero con financiación alta puede terminar siendo más caro que uno con 30% de quita sin financiación.
4. Cuotas corrientes
Mientras estás en un plan, tenés que pagar también las cuotas corrientes del año (los vencimientos normales del impuesto). Si dejás de pagar las corrientes, generalmente eso también te hace caducar el plan.
5. Tu situación tributaria global
Si tenés deudas en otros impuestos (Ingresos Brutos, Bienes Personales, Ganancias), evaluá adherir todos al mismo tiempo. Algunos planes son transversales y permiten consolidar multas, retenciones, percepciones e impuestos en un único plan más conveniente.
Cuándo NO adherirte
Hay situaciones donde adherirse a un plan no es la mejor opción:
- Tenés un reclamo en trámite: si estás reclamando que el monto de la deuda es incorrecto, no adhieras. Adherirse implica reconocer la deuda y pierde fuerza el reclamo.
- Estás cerca de cumplir un beneficio: por ejemplo, si tenés 64 años y a los 65 podrías eximirte como jubilado, conviene esperar.
- La deuda está en juicio firme: muchos planes excluyen estas deudas. Tenés que ir directamente al organismo a buscar una transacción judicial.
- Podés pagar todo al contado sin quita: si la quita ofrecida es chica y tenés liquidez, evaluá pagar directamente sin entrar al plan (ahorrás trámites y comisiones).
Documentación que vas a necesitar
- CUIT/CUIL con clave activa (Clave Ciudad para AGIP, CIT para ARBA).
- Detalle de la deuda: número de partida, períodos adeudados, monto.
- CBU si vas a optar por débito automático.
- Comprobante de domicilio en algunos casos especiales.
- Documentación adicional para regímenes especiales (recibo de jubilación, CUD para discapacidad, etc.).