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Exenciones del ABL en CABA

La Ciudad contempla exenciones totales o parciales del ABL en situaciones específicas. Los requisitos exactos los fija cada año la Ley Tarifaria, pero las categorías generales se mantienen estables.

Jubilados y pensionados

Es la exención más solicitada. Se otorga a jubilados o pensionados que cumplen estos requisitos generales:

Personas con discapacidad

Titulares con certificado único de discapacidad (CUD) que vivan en el inmueble y cumplan los requisitos socioeconómicos pueden acceder a exenciones totales o parciales.

Bomberos voluntarios y otros casos puntuales

Bomberos voluntarios en actividad, ex combatientes de Malvinas y algunos otros colectivos específicos también tienen exenciones contempladas.

Entidades sin fines de lucro

Inmuebles destinados a actividades religiosas reconocidas, escuelas oficiales, bibliotecas populares, sociedades de fomento, etc.

Cómo se tramita

Las exenciones no se aplican automáticamente. Hay que solicitarlas:

  1. Reuní la documentación que acredite la condición.
  2. Iniciá el trámite online con Clave Ciudad o presencialmente en AGIP.
  3. Esperá la resolución (puede tardar varios meses).
  4. Algunas exenciones requieren renovación periódica; chequeá los plazos.

Los requisitos cambian año a año por Ley Tarifaria. Si querés que te avisemos cuando se publiquen las condiciones 2026 actualizadas, suscribite al newsletter.

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