Impuesto a los Bienes Personales
Impuesto nacional anual sobre el patrimonio total. Los inmuebles forman parte del patrimonio gravado y deben declararse a su valuación fiscal o de mercado, la mayor.
Datos clave
Anualmente, presentación entre abril y junio
Personas con patrimonio neto que supere el mínimo no imponible
0,5% a 1,75% según patrimonio total
¿Qué es?
El Impuesto a los Bienes Personales (BP) es un tributo nacional anual que paga toda persona física residente en Argentina cuyo patrimonio total (incluyendo bienes en el exterior) supere el mínimo no imponible vigente. Los inmuebles forman parte de ese patrimonio.
Lo recauda AFIP y se declara junto con el Impuesto a las Ganancias en la declaración jurada anual.
Cómo se valúan los inmuebles
Para calcular Bienes Personales, los inmuebles se valúan tomando el mayor de estos tres valores:
- Valuación fiscal del organismo provincial (AGIP, ARBA, etc.) actualizada al 31/12 del año fiscal.
- Valor de adquisición actualizado por inflación según el coeficiente AFIP.
- Valor de mejoras declaradas, también actualizadas.
Para la vivienda única, hay un mínimo no imponible específico (más alto que el general). Si el inmueble vale menos que ese mínimo, no tributa por él.
Alícuotas vigentes 2026
Para bienes en el país (escala progresiva aproximada):
- Hasta $250M de patrimonio: 0,5%
- $250M a $500M: 0,75%
- $500M a $1.000M: 1,0%
- $1.000M a $5.000M: 1,25%
- Más de $5.000M: 1,75%
Para bienes en el exterior, las alícuotas son más altas (suelen ir hasta el 2,25%).
Los valores exactos los actualiza AFIP cada año en la Ley de Presupuesto.
Mínimo no imponible 2026
En 2026 el mínimo no imponible general ronda los $300 millones. Para vivienda única, hay un mínimo adicional de aproximadamente $500 millones.
Si tu patrimonio total (sumando todos los bienes: inmuebles, autos, plazos fijos, dólares, etc.) está por debajo del mínimo, no pagás Bienes Personales.
Verificá los valores actualizados en afip.gob.ar al momento de presentar.
Régimen REIBP (anticipo)
En 2024 se creó un régimen especial llamado REIBP (Régimen Especial de Ingreso del Impuesto a los Bienes Personales) que permite pagar 5 años de adelantado con beneficios. Si te adheriste, no pagás BP por esos años.
Verificá si te incluye en tu cuenta de AFIP.
Cómo se paga
La declaración jurada anual de Bienes Personales se presenta entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal.
Pasos: 1. Ingresar a afip.gob.ar con CUIT y Clave Fiscal. 2. Servicio "Bienes Personales Web" (lo declarás). 3. Generar la declaración jurada y el VEP (Volante Electrónico de Pago). 4. Pagar el VEP por home banking, Pago Mis Cuentas o débito directo.
Generalmente se paga en 5 cuotas (1 inicial + 4 anticipos) durante el año siguiente.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar mi inmueble en Bienes Personales aunque sea único?
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¿Qué pasa si vivo en el exterior y tengo un inmueble en Argentina?
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¿Qué valor uso del inmueble: la valuación fiscal o el de mercado?
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¿Si soy jubilado tengo exenciones especiales?
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