Sitio independiente: no es AGIP, ARBA ni un organismo oficial. Información orientativa, verificá con fuentes oficiales.
IIimpuestoinmobiliario.com
Argentina·15 de abril de 2026

Bienes Personales 2026: el mínimo no imponible quedó en $384,7 millones

ARCA confirmó las escalas para la declaración del período fiscal 2025 que vence en mayo y junio de 2026. La vivienda casa-habitación queda exenta hasta $1.346 millones.

Los nuevos parámetros 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) oficializó los nuevos parámetros del Impuesto sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2025, que se declara y paga en 2026.

Los valores se actualizan anualmente siguiendo el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para 2026, el coeficiente de actualización fue de 1,313, equivalente al 31,31% de inflación interanual a octubre de 2025.

Mínimos clave

  • Mínimo no imponible general: $384.728.044,57. Patrimonios por debajo de este monto no tributan.
  • Mínimo para vivienda casa-habitación: $1.346.548.155,99. Si tu única vivienda no supera ese valor, está exenta.
Esto es una mejora significativa frente a 2025, donde los mínimos eran $292.994.964 y $1.025.482.377 respectivamente.

Cómo se valúan los inmuebles

Para declarar un inmueble en Bienes Personales se toma el mayor valor entre:

1. La valuación fiscal (la que aparece en tu boleta de ABL/Inmobiliario) actualizada al 31/12/2025.
2. El valor de adquisición actualizado por inflación con el coeficiente AFIP.
3. El valor de mejoras declaradas actualizadas.

Importante: para inmuebles en CABA, desde 2021 hay un nuevo criterio que en la práctica multiplica la valuación fiscal por cuatro.

Alícuotas vigentes 2026

La escala se aplica de forma progresiva sobre el excedente del mínimo no imponible:

  • Primer tramo desde $52.660.771,80: 0,50% (general) o 0% (contribuyentes cumplidores).
  • Segundo tramo desde $52.660.771,80 hasta $114.098.338,98: 0,75% (general) o 0,25% (cumplidores).
  • Tercer tramo: 1,00% (general) o 0,50% (cumplidores).
El último escalón se elimina progresivamente y para 2027 la alícuota será única del 0,25%.

El régimen REIBP

Quienes adhirieron al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto a los Bienes Personales (REIBP) en 2024 ya pagaron 5 períodos por adelantado y no tienen que presentar declaraciones ni pagar saldos hasta el ejercicio 2027 (vencimiento 2028).

Cuándo presentar

La declaración jurada del período 2025 vence en mayo o junio de 2026 según la terminación del CUIT. El pago se puede realizar en hasta 4 cuotas (anticipo + 3 mensuales).

¿Podés darte de baja?

Si tu última declaración dio saldo cero (porque no superás el mínimo no imponible), podés darte de baja del impuesto antes del 31 de diciembre de cada año para evitar presentar al año siguiente.

Más detalle en nuestra guía de Bienes Personales sobre inmuebles.