IIII
Aplica a CABA y PBA

Exención para jubilados

Eximición del pago del impuesto inmobiliario para jubilados o pensionados que cumplen requisitos de ingresos y propiedad.

Explicación

Tanto AGIP como ARBA prevén exenciones para jubilados/pensionados. Los requisitos varían pero suelen incluir: ser único titular, ocupar el inmueble como vivienda permanente, no tener otros inmuebles, y que el haber jubilatorio no supere ciertos topes.

Términos relacionados