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Qué son las exenciones y quién puede pedirlas

Casos en los que podés dejar de pagar el impuesto inmobiliario total o parcialmente.

4 min de lectura·5 pasos

Paso a paso

  1. 1

    Verificá si entrás en alguna causal

    Las principales son: jubilado/pensionado con haber mínimo, persona con discapacidad (CUD vigente), ex combatiente de Malvinas, entidades de bien público.

  2. 2

    Reuní la documentación

    DNI, recibo de jubilación o haber, CUD si corresponde, escritura del inmueble, comprobante de domicilio, formulario específico.

  3. 3

    Presentá el trámite online

    CABA: agip.gob.ar → "Trámites" → "Exenciones". PBA: arba.gov.ar → sección "Exenciones".

    💡 Algunos trámites permiten subir la documentación digital. Otros requieren turno presencial.
  4. 4

    Esperá la resolución

    Los plazos varían entre 30 y 90 días. Mientras tanto seguís pagando normalmente. Si te aprueban, te devuelven los pagos del período exento.

  5. 5

    Renová cuando corresponda

    Algunas exenciones son permanentes (mientras se mantenga la causal). Otras requieren renovación anual.

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